22-01-2014 SE AMPLIA A 750 METROS CUADRADOS LA SUPERFICIA DE LAS ACTIVIDADES COMERCIALES NO SOMETIDAS A LA OBTENCIÓN DE LICENCIA PREVIA
Ley de garantía de unidad de mercado: la Ley estatal 20/2013, publicada en el BOE el 11 de diciembre, amplía a 750 metros cuadrados la superficie de las actividades comerciales que no podrán ser sometidas a la obtención de licencia previa de instalaciones, de funcionamiento o de actividad, ni otras de clase similar o análogas que sujeten a previa autorización el ejercicio de la actividad comercial a desarrollar o la posibilidad misma de la apertura del establecimiento correspondiente.
Anteriormente la Ley 12/2012 fijó dicho límite en 300 metros cuadrados, que se ampliaron a 500 con la Ley 14/2013.